¿Es Posible No Perder tu Casa con la Ley de Segunda Oportunidad en Madrid?
Una de las búsquedas más populares en internet en este ámbito es: «ley segunda oportunidad no perder casa Madrid».
Eso nos da una pista: Ese tema te preocupa. Así que vamos a abordarlo.
¿Es posible acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad para no perder tu casa en Madrid? La respuesta es sí. Esta ley, vigente desde 2015 y actualizada en 2024, permite a personas con deudas impagables proteger su vivienda habitual mientras cancelan obligaciones financieras.
Parece un sueño, pero no lo es.
En este artículo te explicamos los requisitos, pasos y casos reales actualizados a 2025 para lograrlo.
Dato importante:
«El 95% de los casos gestionados por nuestro despacho en Madrid en 2024 lograron la cancelación de deudas sin perder la casa del cliente, gracias a nuestra estrategia legal, que prioriza el mantenimiento de la vivienda, y es compatible con la LSO.»
Ley Segunda Oportunidad No perder Casa Madrid
Requisitos para No Perder tu Casa con la Ley de Segunda Oportunidad en Madrid
Para poder acogerte a esta ley debes cumplir 4 requisitos conforme al Artículo 178 de la Ley Concursal:
Empadronamiento en Madrid: Acreditar residencia en la comunidad al menos 1 año antes de la solicitud.
Vivienda de uso habitual: La casa debe ser tu residencia principal (no segundas viviendas o propiedades en alquiler).
Valor máximo de 300.000€: El valor catastral no puede superar este límite (actualizado en 2024). Pero no te preocupes, el valor real de la vivienda puede ser, y seguro que lo es, mucho mayor.
Ausencia de bienes no coherentes con la situación que atraviesas: No puedes poseer coches de lujo, joyas de alto valor o cuentas bancarias en paraísos fiscales.
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Pasos para Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad sin Perder tu Casa en Madrid
Paso 1: Negociación Extrajudicial con Acreedores
Antes de acudir a los tribunales, la LSO exige un intento de negociación con bancos y acreedores. Comparamos las características de ambas vías:
Negociación Directa | Ley de Segunda Oportunidad |
---|---|
Acuerdos parciales (quitas del 30-50%) | Cancelación total de deudas (hasta el 100%) |
Riesgo de embargo si falla | Protección legal inmediata de la vivienda |
Sin costes judiciales | Requiere abogado y procurador en Madrid |
Ejemplo práctico:
En 2023, tramitamos el asunto de un cliente de Alcalá de Henares con deudas de €62.000, y logramos un acuerdo extrajudicial que redujo su deuda a €28.000, pero al no poder pagar, finalmente, mediante la ley de Segunda Oportunidad, pudimos cancelar el resto y blindar su piso valorado en €210.000 en la localidad de San Fernando de Henares.
Paso 2: Presentación de la Solicitud en los Juzgados de Madrid
El proceso se inicia en los Juzgados de Mercantil de Madrid (especialmente el nº 3 y 4, los más ágiles en 2024). Documentación que nos van a requerir:
📄 Escritura de la vivienda: Para demostrar titularidad y valor catastral.
📄 Certificado de empadronamiento: Vigente y emitido por el Ayuntamiento de Madrid o de cualquier localidad de la Comunidad.
📄 Listado de deudas: Detallando acreedores, importes y fechas de vencimiento.
⚠️ Importante:
La nueva Ley 18/2024 exige un informe de ingresos firmado por un asesor fiscal colegiado en Madrid.
Paso 3: Fase de Protección Definitiva
Una vez obtengamos Sentencia favorable a lo solicitado en nuestra demanda, en la que pedimos acogernos a los beneficios de la Ley de Segunda Oportunidad, se inicia un período de máximo 5 años donde:
📉 Tus Deudas serán canceladas: Las no garantizadas por la vivienda (tarjetas, préstamos personales). Siempre en el tanto porcentual que indique el Juez.
🏡 Vivienda protegida: Inembargable, incluso si tienes una hipoteca. Solo pagarás la cuota si quieres conservar el inmueble.
Ejemplo de calendario:
Mes 1-2 | Mes 4-6 | Mes 7-9 | Mes +12 |
---|---|---|---|
Negociación | Solicitud LSO | Celebración del Juicio | Protección activa |
Comparativa: ¿Ley de Segunda Oportunidad vs. Otras Soluciones?
Aspecto | Ley de Segunda Oportunidad | Concurso de Acreedores | Quita Bancaria |
---|---|---|---|
Protege la vivienda | ✅ Sí, siempre que sea habitual | ❌ No (riesgo de subasta) | ❌ No |
Duración | 6-12 meses | 2-3 años | 3-6 meses |
Coste | 1.500-3.000€ | +5.000€ | 1.000-2.000€ |
Deudas canceladas | Hasta 100% | Parcial (50-70%) | Parcial (30-50%) |
Conclusión: La LSO es la única opción que combina cancelación total + protección de la casa en Madrid.
Caso Real: Cómo Sofía ahogada en una deuda de 90.000€ Conservó su Piso en Usera
Situación:
🔸 Deudas: 90.000€ (3 tarjetas + préstamo personal).
🔸 Vivienda: Piso en Usera valorado en 220.000€ (hipoteca de 150.000€ pendiente).
Proceso:
Fase extrajudicial: Acuerdo fallido con el banco (ofrecían reducir deuda a 45.000€).
Solicitud LSO: Presentada en el Juzgado de Mercantil nº 5 de Madrid (febrero 2024).
Resultado: Cancelación del 100% de las deudas no hipotecarias + protección permanente del piso.
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Recuerda que tu búsqueda: «Ley Segunda Oportunidad No perder Casa Madrid» nos preocupa. Si quieres que escribamos sobre cualquier otro tema del que quieras saber más ¡escríbenos!
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